El 20 de noviembre de 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), convirtiéndose en el tratado de derechos humanos más aceptado de la historia.
La CDN considera a todos los niños, niñas y adolescentes sujetos de derecho. Este documento fue ratificado por Argentina en 1990 y configura el horizonte al cual deben apuntar los esfuerzos de las políticas públicas y el accionar de la sociedad en temas que afectan a las personas menores de 18 años.
Los derechos que en la CDN se presentan pueden agruparse en:
· Derecho a la salud, a la nutrición y al desarrollo infantil integral temprano.
· Derecho a la educación.
· Derecho a la protección especial.
· Derecho a la participación.
· Derecho a la identidad.
Derecho a la Educación
La meta de alcanzar el derecho a una educación de calidad en forma universal para cada niño, niña y adolescente constituye un desafío crucial, ya que la educación tiene implicaciones directas en la posibilidad de ejercer otros derechos y, además, imprime sus efectos en la pobreza y en la meta de alcanzar un desarrollo con justicia social.
En el Objetivo de Desarrollo del Milenio (ODM) 2, Argentina estableció como meta para el año 2015 lograr que todos los niños, niñas y adolescentes puedan completar la educación básica (10 años de escolaridad completos). Además, la reciente Ley de Educación Nacional establece la obligatoriedad de la educación secundaria, lo que eleva a 13 años esta meta.
Derecho a la Nutrición, a la Salud y al Desarrollo Infantil Integral Temprano
El desarrollo saludable es de básica importancia porque se pone en juego el crecimiento. Aquí amerita poner atención a una multiplicidad de aspectos como son la desnutrición o la mortalidad infantil, entre otros. Por ello, para abordar el derecho a la salud, la nutrición y al desarrollo infantil integral temprano, Argentina también planteo sus Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), en los que se establecen las metas a alcanzar relacionadas con estos problemas sociales.
Derecho a la Protección Especial
Todos los niños, niñas y adolescentes necesitan protección. Hay quienes, por circunstancias especiales, necesitan mayor contención y apoyo que otros, y el Estado y la sociedad deben brindar una atención especial. Cuando se piensa en la “protección especial”, conforme la CDN se está refiriendo a aquellas personas que tienen menos de 18 años de edad, que pueden tener sus derechos fundamentales fuertemente amenazados o abiertamente violados de diversas maneras. Son circunstancias o hechos especiales que demandarán medidas especiales de protección para equiparar en el cumplimiento de derechos a todos los niños y niñas, además del ejercicio y cumplimiento de las políticas públicas universales con énfasis en la prevención y la detección oportuna y precoz.
En este sentido, es necesaria la erradicación del trabajo infantil. La inserción laboral temprana vulnera varios derechos, perpetúa el ciclo estructural de pobreza de los niños y sus familias y, fundamentalmente, tensiona el cumplimiento efectivo del derecho a una educación de calidad, ya que las trayectorias y el rendimiento educativo de quienes trabajan se ven afectados en mayor proporción que aquellos que no lo hacen.
Además, hay otras situaciones que presentan grandes desafíos como es la inmigración. Esta población sufre diversas formas de explotación, discriminación y violencia.
También es necesario revertir la situación respecto del derecho a crecer y desarrollarse en familia. Cerca de 20.000 niños, niñas y adolescentes en todo el país están privados de su medio familiar, encontrándose institucionalizados.
Al hablar de la familia, finalmente se debe hacer mención a las situaciones de la violencia intrafamiliar.
Derecho a la Participación
En muchas sociedades, ya sea por ley o tradición, a los niños, niñas y adolescentes se les ve pero no se les escucha. En ese sentido, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) introduce un gran cambio, ya que establece que los menores de 18 años son protagonistas de su propia vida, por lo que deben participar en las decisiones que les afectan.
Los adultos deben aprender a escuchar. Se deben generar nuevos espacios y fortalecer los canales de expresión existentes de los niños, como organizaciones infantiles, investigaciones o sondeos de opinión, foros, para que a través de ellos sus opiniones sean tenidas en cuenta tanto en la familia, la escuela como en la vida social.
Por su parte, los adolescentes se abren con entusiasmo a la exploración del mundo afuera del ámbito familiar y manifiestan expectativas de poder jugar un papel cada vez más activo en la escuela y otras esferas. Sin embargo, grandes sectores de esta población no están recibiendo buenas oportunidades y apoyo para forjar sus proyectos de vida y para formarse en temas de autocuidado.
Derecho a la Identidad
Desde el momento en el que nacen, los niños y las niñas necesitan forjarse una identidad. Para ello, el primer paso es inscribir el nacimiento en los registros públicos y de esa forma contar con un nombre y una nacionalidad. El registro civil universal es la base para que las personas accedan a todos los demás derechos. Además, el registro es un elemento esencial en la planificación nacional a favor de la infancia, porque ofrece datos demográficos sobre los cuales diseñar estrategias.